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OD: Medidas de la Sudeban no afectan el funcionamiento del banco

VĂ­ctor Vargas, presidente ejecutivo del Banco Occidental de Descuento, dijo este jueves que, luego de que la Superintendencia Nacional Bancaria (Sudeban) anunciara una serie de medidas restrictivas a la entidad financiera, “el BOD no está intervenido”. 

AsegurĂł que la instituciĂłn sigue funcionando con total normalidad y que las imposiciones no afectarán a sus clientes. Incluso, sugiriĂł que despuĂ©s la Sudeban podrĂ­a aclarar por quĂ© utilizĂł la palabra “intervenciĂłn” en la resoluciĂłn.

“Cuando hay una intervenciĂłn se toma el banco totalmente y el control lo asume el organismo regulador”, dijo.

AfirmĂł que el Banco del Orinoco tiene capacidad para devolver a sus depositantes todos sus haberes luego de 30 años operando en Curazao. 

“Es oportuno señalar que la Ăşnica vinculaciĂłn que tiene el Banco del Orinoco con el BOD es que es accionista de 18% del banco”, aclarĂł.

El empresario aseverĂł que AllBank, ubicado en Panamá, no tiene vinculaciĂłn con el BOD “ni financiera ni de ninguna naturaleza. Los bancos entre ellos no son dueños unos de los otros. Son totalmente independientes. El BOD no tiene nada que ver con eso. Lo Ăşnico en comĂşn que tienen son los 16 permisos financieros”.

El 9 de septiembre la Superintendencia de Bancos de Panamá ordenó el control operativo y administrativo de AllBank, luego de que no atendió los requerimientos de acciones correctivas.

Medidas de la Sudeban

La Sudeban impuso una serie de restricciones al BOD con el argumento de asegurar los fondos de los usuarios por un plazo de 120 dĂ­as bancarios.

En la resolución destacan que los motivos tienen que ver con las medidas impuestas a AllBank en Panamá y al Banco del Orinoco en Curazao.

Las restricciones son las siguientes:

ProhibiciĂłn de realizar nuevas inversiones.
ProhibiciĂłn de decretar pago de dividendos.
ProhibiciĂłn de captar fondos a plazo.
ProhibiciĂłn de apertura de nuevas oficinas en el paĂ­s o en el exterior.
ProhibiciĂłn de adquirir acciones y participaciones en el capital social de instituciones bancarias constituidas o por constituirse en el exterior.
ProhibiciĂłn de adquirir, ceder, traspasar o permutar inmuebles, asĂ­ como la generaciĂłn de gastos por concepto de remodelaciones a los propios o alquilados.
Prohibición de liberar sin autorización de esta Superintendencia provisiones específicas y genéricas.
Designación de funcionarios acreditados por la Superintendencia de las instituciones del sector bancario, que contarán con poder de veto en la junta directiva y todos los comités y con acceso pleno a todas las áreas administrativas del banco.
Cualquier otra medida adicional que la Superintendencia considere necesaria para el correcto funcionamiento de la entidad bancaria.